Arraigo familiar
Corte Suprema anula expulsión de ciudadana boliviana por no considerar nacimiento de hijo chileno y ordena nuevo pronunciamiento
El máximo Tribunal acogió el reclamo de ilegalidad al determinar que el Servicio Nacional de Migraciones dictó la expulsión sin evaluar la existencia del hijo chileno de la afectada, elemento que, según la Constitución, la Ley N°21.325 y la Convención sobre los Derechos del Niño, obliga a ponderar el interés superior del niño y la protección de la vida familiar, por lo que ordenó emitir una nueva resolución debidamente fundamentada.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, que había rechazado la reclamación judicial presentada por una ciudadana boliviana en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la orden de expulsión decretada en su contra tras ingresar al país por un paso no habilitado.
La reclamante sostuvo que la resolución impugnada no consideró adecuadamente sus circunstancias personales ni familiares, en particular el nacimiento de su hijo de nacionalidad chilena ocurrido en enero de 2025 en la Región del Maule, así como su falta de antecedentes penales y su arraigo social y laboral en la zona. Alegó que la medida vulnera el derecho a la vida familiar, el interés superior del niño y los principios de proporcionalidad y motivación que rigen los procedimientos administrativos sancionatorios. Añadió que su ingreso irregular ocurrió en el contexto de la crisis política y social que atravesó su país de origen en 2019, lo que la obligó a buscar protección y condiciones de vida dignas para su familia.
El Servicio Nacional de Migraciones solicitó el rechazo del reclamo, argumentando que la orden de expulsión fue dictada conforme a la Ley N°21.325, que la afectada no presentó descargos dentro del plazo legal y que no interpuso recursos administrativos en su oportunidad. Afirmó que el ingreso por un punto no habilitado constituye una infracción grave y que la existencia de vínculos familiares en Chile no impide la adopción de medidas sancionatorias cuando corresponde aplicarlas. Sostuvo además que el acto administrativo cumple con las exigencias de legalidad y que no existió vulneración del debido proceso.
La Corte de Apelaciones de Talca rechazó la reclamación, estimando que la resolución de expulsión fue dictada por autoridad competente, dentro de un procedimiento legalmente tramitado y con la debida notificación. Añadió que la afectada tuvo oportunidad de presentar descargos y que los antecedentes acompañados no eran suficientes para desvirtuar la decisión administrativa, la cual –señaló– se encontraba fundada en los artículos 129 y 137 de la Ley N°21.325 y su Reglamento.
El máximo Tribunal, sin embargo, revocó lo resuelto. Concluyó que el Servicio Nacional de Migraciones emitió la orden de expulsión sin ponderar adecuadamente la existencia de un hijo chileno de la recurrente, lo que constituye un elemento determinante conforme a la Constitución, la Ley N°21.325 y la Convención sobre los Derechos del Niño, que obligan a considerar el interés superior del niño y la protección de la familia en decisiones de carácter migratorio. El fallo advirtió que la resolución carece de fundamentación suficiente, al no haber incorporado ni evaluado esta circunstancia sobreviniente, configurándose una ilegalidad que impide mantener la expulsión.
En esta línea, el Tribunal señaló que la autoridad administrativa “(…) no tuvo la oportunidad de analizar esta circunstancia del reclamante, que altera las consideraciones que debieron servir de fundamento para adoptar la decisión, y cuya atención resulta determinante y obligatoria”, lo que torna inválida la medida adoptada.
En mérito de lo anterior, la Corte Suprema acogió el reclamo de ilegalidad, dejó sin efecto la orden de expulsión y ordenó emitir un nuevo pronunciamiento que considere expresamente el arraigo familiar derivado del hijo chileno de la afectada.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Mera, quien estuvo por confirmar la sentencia en alzada, en virtud de sus propios fundamentos.
Vea sentencia Corte Suprema Rol N°48.884-2025 y Corte de Talca Rol N° 112-2025 (Contencioso Administrativo).
Temas
Te puede interesar

Reclamación rechazada
Corte Suprema revoca fallo y confirma expulsión de ciudadana venezolana: desestimó arraigo familiar

Corte Suprema
Se anula orden de expulsión de extranjera al no ponderar que es madre de una niña chilena

Corte Suprema anula expulsión
Expulsión de ciudadano venezolano que ingresó por paso no habilitado es ilegal, al no haber ponderado que es padre de un hijo nacido en Chile.

