Diario Constitucional

Independencia judicial

Tribunal Constitucional de Taiwán anula reforma legal que impedía su funcionamiento por falta de quorum

Abordó la validez de las modificaciones normativas que elevaban las exigencias de asistencia y votación para sesionar, en un escenario de vacantes no provistas por el órgano legislativo. El análisis jurídico se centró en si tales requisitos vulneraban la independencia judicial y la continuidad de las funciones esenciales del Estado. Asimismo, la resolución examina los vicios en el proceso de formación de la ley y el impacto de la falta de ratificación de nombramientos en el tribunal.

Por Redacción·01 de enero de 2026·2 min de lectura
imagen: constitutionnet.org
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El Tribunal Constitucional de Taiwán dictó una sentencia mediante la cual declaró la inconstitucionalidad de la reforma de 2024 a la Ley de Procedimiento Constitucional. Esta decisión permite que la instancia retome sus funciones habituales, tras un periodo de interrupción derivado de la imposibilidad de alcanzar el nuevo quórum establecido por la normativa impugnada. El fallo se produce en un contexto donde el número de jueces en ejercicio es insuficiente para cumplir con los estándares de asistencia que la enmienda pretendía imponer.

Una mayoría de cinco magistrados fundamentó que la conjunción entre la reforma legislativa y la omisión de la legislatura en la ratificación de los nombramientos presidenciales afectó la operatividad del poder judicial. Según su fallo, las nuevas exigencias, que requerían la presencia de al menos diez jueces y el acuerdo de nueve para declarar la inconstitucionalidad de una norma, resultaban imposibles de satisfacer dado que actualmente solo permanecen ocho integrantes en el cargo. Esto se debe a que el mandato de siete jueces finalizó en octubre de 2024 sin que se proveyeran sus reemplazos.

Por otro lado, tres miembros del tribunal manifestaron una postura divergente al declinar su participación en la decisión de fondo. Estos jueces sostuvieron que el órgano carecía de facultad para resolver el asunto al no contar con el quórum legalmente requerido por la normativa vigente en ese momento. Esta posición técnica coincide con los argumentos de sectores parlamentarios que defienden la validez de los umbrales de votación elevados, mientras que la mayoría del tribunal consideró que la negativa a decidir no debe computarse de forma distinta a una recusación bajo las normas originales.

La sentencia también identificó irregularidades procedimentales durante la tramitación de la ley en el parlamento. El tribunal observó que se introdujeron modificaciones sustanciales durante la segunda lectura y que se omitieron pasos formales de votación en la tercera lectura. Estas acciones fueron calificadas en el fallo como transgresiones a los principios de transparencia y rendición de cuentas que deben regir el debate democrático, recordando incidentes previos de movilización social derivados de la falta de negociación en el ámbito legislativo.

Este conflicto jurídico se inserta en una crisis constitucional más amplia que afecta a la isla desde las últimas elecciones generales, donde el partido de gobierno no obtuvo la mayoría en la legislatura. Recientemente, se han presentado desacuerdos similares respecto a la promulgación de leyes financieras y de asignación de ingresos públicos. Los poderes ejecutivo y legislativo mantienen interpretaciones opuestas sobre la separación de poderes y la justicia procesal, lo que ha derivado en advertencias de destitución contra altas autoridades del Estado.

Vea sentencia Tribunal Constitucional de Taiwán.

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