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Convivencia escolar

Corte rechaza protección por estudiante de primero medio expulsado tras agredir físicamente a trabajador social

La Corte de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por la madre de un alumno contra el Colegio Juan Luis Undurraga Aninat y su sostenedora. La expulsión se aplicó luego de que el estudiante empujara y sujetara a un trabajador social durante un incidente en clase, afectando la convivencia escolar. El tribunal determinó que el procedimiento sancionatorio respetó los reglamentos internos, garantizó el derecho a descargos y reconsideración, y se ajustó a la legislación vigente.

Por Redacción·02 de febrero de 2026·2 min de lectura
latercera.com
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección interpuesto por la madre de un estudiante de 1º medio en contra del Colegio Juan Luis Undurraga Aninat y su sostenedora, Fundación Educacional Belén, tras la expulsión definitiva del alumno luego de un incidente ocurrido en mayo de 2025.

El hecho se registró cuando el estudiante, durante una clase, se negó a guardar su celular pese a reiteradas indicaciones de la docente, lo que derivó en su conducción a la sala de convivencia escolar. Allí, mientras un trabajador social intentaba calmar la situación, el alumno lo empujó y lo sujetó de las manos, generando temor e inseguridad en el personal y afectando la convivencia escolar. Posteriormente, fue conducido junto al encargado del Área Técnico Pedagógico, y durante el traslado mantuvo un comportamiento desafiante hacia el personal.

La madre del estudiante alegó que la expulsión era ilegal y arbitraria, y que su hijo no representa un peligro para la comunidad educativa. Señaló que el procedimiento no recogió correctamente su versión de los hechos, cuestionó la actuación de un trabajador social y argumentó que la sanción vulneraba derechos fundamentales del menor, incluido el derecho a la educación y a la igualdad ante la ley.

La defensa del colegio explicó que se siguió el proceso sancionatorio establecido en el Reglamento Interno de Convivencia Escolar, que incluyó la activación de protocolos, entrevistas a todos los intervinientes y la notificación de plazos y derechos de descargo y reconsideración. Además, se verificó que la medida respondía a la gravedad de la conducta, consistente en la agresión física a un funcionario durante sus labores, afectando seriamente la convivencia escolar.

La Corte de Santiago destacó que el recurso de protección solo procede frente a actos u omisiones ilegales o arbitrarios que afecten derechos fundamentales, y constató que el colegio respetó los procedimientos internos y legales, otorgando la posibilidad de descargos y reconsideración de la medida. Según la sentencia, la expulsión se aplicó tras un proceso previo, racional y justo, ajustado a las normas internas y a la legislación vigente, sin que se verifique ilegalidad o arbitrariedad en su adopción

En mérito de lo expuesto, la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por la madre del estudiante, sin costas.

Vea sentencia Corte de Santiago Rol N° 14.623-2025 (Protección).

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