Diario Constitucional

Violencia de género y femicidio

Condenan a 15 años y un día por femicidio frustrado

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó al acusado a 15 años y un día de presidio efectivo por femicidio frustrado y a una pena única de cinco años y un día por dos delitos de desacato en contexto de violencia intrafamiliar y de género. La víctima fue golpeada, estrangulada y su cabeza azotada reiteradamente contra el suelo.

Por Redacción·12 de agosto de 2026·3 min de lectura
soychile
Referencial

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó al acusado a la pena de 15 años y un día de presidio efectivo, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, además de la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor del delito frustrado de femicidio cometido en julio de 2024 en la comuna de Santiago.

En fallo unánime, el tribunal condenó además al acusado a una pena única de cinco años y un día de reclusión efectiva, junto con las accesorias legales correspondientes, como autor de dos delitos consumados de desacato en contexto de violencia intrafamiliar y de género, perpetrados en agosto de 2024 y marzo de 2025, respectivamente.

Asimismo, el tribunal decretó la prohibición de que el sentenciado se acerque a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, o a cualquier otro sitio al que concurra o visite habitualmente, además de impedirle comunicarse con ella por cualquier medio durante un período de dos años.

Una vez ejecutoriada la sentencia, se ordenó la toma de muestras biológicas del condenado para determinar su huella genética e incorporarla al Registro Nacional de ADN de Condenados.

En cuanto al primer hecho, el tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que, durante la tarde del 16 de julio de 2024, al interior de un departamento ubicado en calle José Victorino Lastarria, en la comuna de Santiago, el acusado agredió violentamente a su conviviente, de 64 años.

De acuerdo con los hechos establecidos, el hombre insultó a la víctima, la arrojó al suelo y comenzó a golpearla con pies y puños en distintas partes del cuerpo, mientras le manifestaba que la mataría. Luego, cuando la mujer se encontraba tendida en el piso, la tomó del cuello y lo apretó con su antebrazo, provocándole dificultades para respirar, mientras además la escupía.

Posteriormente, el acusado azotó la cabeza de la víctima contra el suelo en alrededor de 40 oportunidades. Pese a la gravedad de la agresión, la mujer logró escapar del departamento.

Como consecuencia de estos hechos, la víctima sufrió un politraumatismo, múltiples hematomas en el rostro, especialmente en las regiones cigomáticas y perioculares, una contusión nasal con sangrado bilateral, múltiples contusiones en ambos brazos, dolor en las regiones costales derecha e izquierda, aumento de volumen en la zona occipital y una hemorragia cerebelosa traumática.

Las lesiones fueron calificadas médico-legalmente como graves, producto de un trauma contuso, y requirieron aproximadamente 40 días para su recuperación, sin dejar secuelas neurológicas funcionales.

El segundo hecho acreditado ocurrió el 23 de agosto de 2024. En esa oportunidad, mientras la víctima se encontraba en su domicilio, el acusado, que ya era su exconviviente, la llamó en cinco oportunidades. La mujer no contestó debido al temor que sentía hacia él.

Con esas comunicaciones, el acusado incumplió una medida cautelar prevista en el artículo 34 N°4 de la Ley N°21.675, que había sido decretada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago en audiencia de 17 de julio de 2024. La prohibición le había sido notificada personalmente y se encontraba plenamente vigente al momento de realizar las llamadas.

El tercer hecho tuvo lugar el 30 de marzo de 2025, aproximadamente a las 20:00 horas. Mientras la víctima se encontraba nuevamente en su domicilio, su exconviviente intentó comunicarse con ella mediante una llamada de WhatsApp, que tampoco fue atendida por el temor que le provocaba.

Con esa conducta, el tribunal tuvo por acreditado un nuevo incumplimiento de la misma medida cautelar decretada por el Juzgado de Garantía que continuaba vigente y había sido notificada personalmente al acusado.

Por estos dos episodios, correspondientes a agosto de 2024 y marzo de 2025, el tribunal lo condenó como autor de dos delitos consumados de desacato en contexto de violencia intrafamiliar y de género, imponiéndole una pena única de cinco años y un día de reclusión efectiva.

En cuanto al hecho principal, la mayoría del tribunal calificó la conducta como femicidio frustrado y condenó al acusado a 15 años y un día de presidio.

La decisión fue acordada con la prevención del juez Fuentealba Zamora, quien estuvo por calificar el primer hecho como femicidio en grado de tentativa y, en consecuencia, imponer una pena de 10 años de presidio.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.