Diario Constitucional

Demora en solicitud de refugio

Corte de Antofagasta ordena resolver en 90 días recurso de familia venezolana que solicitó refugio en Chile

La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de protección presentado por una familia venezolana en contra de la Subsecretaría del Interior, debido a la demora en resolver un recurso de reposición interpuesto contra la decisión que rechazó sus solicitudes de reconocimiento de la…

Por Redacción·15 de septiembre de 2026·3 min de lectura
Corte de Antofagasta ordena resolver en 90 días recurso de familia venezolana que solicitó refugio en Chile
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La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de protección presentado por una familia venezolana en contra de la Subsecretaría del Interior, debido a la demora en resolver un recurso de reposición interpuesto contra la decisión que rechazó sus solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiados y de protección complementaria.

La acción fue presentada por un matrimonio venezolano y su hija menor, domiciliados en Antofagasta, quienes acusaron a la autoridad de no resolver el recurso administrativo presentado contra el rechazo de sus solicitudes de refugio y protección complementaria.

La familia sostuvo que necesitaba protección humanitaria tras abandonar Venezuela y sufrir xenofobia y amenazas en Perú. Añadió que mantiene un proyecto de vida en Chile y que su hija, escolarizada y con discapacidad intelectual, se encuentra en una situación de especial vulnerabilidad.

Según los recurrentes, la demora de la autoridad los mantenía en una situación de incertidumbre e indefensión respecto de su permanencia e integración en el país.

Migraciones solicitó rechazar el recurso, afirmando que no existía inactividad porque la reposición estaba admitida a trámite y en estudio técnico. Añadió que su presentación suspendió los efectos del rechazo del refugio, permitiendo a la familia mantener una situación migratoria regular, y que en febrero de 2026 se prorrogaron por ocho meses las visas de los padres.

La autoridad atribuyó la demora al fuerte aumento de las solicitudes de refugio y sostuvo, además, que el plazo de seis meses previsto en la Ley N°19.880 no tiene carácter fatal.

Al resolver, la Corte de Antofagasta reconoció que los procedimientos en materia de refugio exigen un análisis exhaustivo por parte de la administración. Sin embargo, estimó que la demora producida en este caso resultaba desproporcionada.

El tribunal destacó que las solicitudes iniciales habían sido presentadas en 2021 y que el recurso de reposición fue interpuesto el 28 de enero de 2026, superándose ampliamente el plazo de 30 días establecido en el artículo 59, inciso quinto, de la Ley N°19.880 para resolver este tipo de impugnaciones administrativas.

La Corte concluyó que la inactividad de la Subsecretaría del Interior vulneró el principio de celeridad consagrado en el artículo 7 de la Ley N°19.880, que obliga a los órganos de la administración a impulsar de oficio los procedimientos, remover los obstáculos que puedan afectar su tramitación y evitar diligencias innecesariamente dilatorias.

Asimismo, descartó que el aumento de las solicitudes de refugio constituya una justificación jurídica suficiente para mantener durante un período prolongado sin resolución el recurso administrativo de la familia.

Para el tribunal, la mantención del procedimiento sin una decisión definitiva transformó la omisión de la autoridad en ilegal y arbitraria, afectando el derecho a la igualdad ante la ley y a la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, reconocidos en el artículo 19 N°2 y N°3 de la Constitución.

La sentencia agregó que esta situación perturbaba además la posibilidad de que el grupo familiar pudiera consolidar con certeza su proyecto de vida e integración en Chile.

En consecuencia, la Corte acogió el recurso de protección, sin costas, y ordenó a la Subsecretaría del Interior pronunciarse y resolver definitivamente el recurso de reposición pendiente.

La autoridad deberá adoptar esa decisión dentro del plazo fatal de 90 días corridos, contados desde la notificación de la sentencia, respecto de la impugnación presentada contra la resolución de diciembre de 2025 que rechazó la solicitud de refugio y protección complementaria.

Vea sentencia Corte de Antofagasta Rol N°1574-2026.

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