Diario Constitucional

40 días.

Corte Suprema ordena al Servicio Nacional de Migraciones crear protocolo para tramitar solicitudes de refugio.

El máximo Tribunal confirmó la sentencia que acogió el recurso de protección y, tras analizar una serie de situaciones similares que han llegado al máximo tribunal, dispuso que el servicio deberá regular, vía instructivo o protocolo, la aplicación de los preceptos involucrados en la materia.

Por Redacción·22 de marzo de 2023·3 min de lectura
Imagen: cooperativa
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia que ordenó la entregar los antecedentes necesarios para tramitar solicitud de refugio político y, actuando de oficio, le dio al Servicio Nacional de Migraciones plazo de 40 días para dictar instrucciones o crear protocolo para que sus funcionarios tramiten adecuadamente este tipo de peticiones.

El fallo señala que del tenor del informe emitido por la recurrida, así como del texto de su apelación, se desprende que la ‘imposibilidad’ que aduce para recibir las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiados respecto de extranjeros que hayan ingresado de manera irregular al país, deriva de una interpretación –errónea– de las normas en juego por parte de la autoridad que aplica a todos los extranjeros en igual situación, afectando iguales derechos y provocando la masiva judicialización de este tipo de causas, según consta en los registros de ingreso de este Tribunal.

La resolución agrega que, junto con asegurar la debida protección del recurrente, esta Corte considera necesario adoptar como una providencia necesaria para restablecer el imperio del derecho prevista en el artículo 20 del Texto Fundamental, ordenar al Servicio Nacional de Migraciones la corrección de su errada interpretación de la normativa aplicable y, en su lugar, que disponga de las medidas convenientes y necesarias para que la atención de los extranjeros que desean solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado se ajuste a los preceptos legales aplicables, entregando y recibiendo los formularios correspondientes a y de quienes se presenten personalmente a realizar dicho trámite, sin perjuicio del ejercicio, por escrito, y dentro de la tramitación administrativa regular, de la facultad de exigir el cumplimiento de todos los requisitos legales dentro de los plazos establecidos al efecto, incluyendo la comparecencia ante la Policía de Investigaciones de Chile de quienes hayan ingresado irregularmente al país para verificar su identidad y asegurar la validez de los documentos que porta y su libre acceso al país, so pena de tener por desistido de la solicitud a quienes no den cumplimiento de tales exigencias.

Comentarios (2)

  1. Arbey Tobar avendaño

    la verdad sea dicha, como dice la sentencia, los empleados del servicio nacional de migraciónes, mucha negligencia o no se si son muy pocos empleados, la verdad es que la gente que viene a trabajar se ve muy perjudicada por esta situación, el que viene a delinquir la da lo mismo si le dan documentos o no. en mi caso solicite mi visa definitiva desde el 12 de noviembre de 2022 y aun a no a sido acogida a trámite, pero eso no es lo grave, lo grave es que la empresa TRANSPORTES SANTA MARIA y angloamerican no están hechando como perros alos conductores que se nos está venciendo el carnet a pesar de tener el trámite de solicitud de visa como lo ordena la ley.

    1. Juan Gonzalez

      Que se vayan todos estos tipos a sus país, se dejen de dar jugo en Chile, tropa de delincuentes, juntos con los aquí.

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