Recurso de amparo acogido por Corte de Valparaíso.
Servicio Nacional de Migraciones discrimina en forma arbitraria a ciudadano venezolano al no facilitarle el formulario para solicitar la condición de refugiado.
No corresponde que la autoridad niegue la entrega del formulario para solicitar la condición de refugiado ni que lo derive a la realización de otro procedimiento ante una autoridad diferente, por lo que su conducta no solo es ilegal sino también arbitraria, pues carece de razones y fundamentos.

La Corte de Valparaíso acogió el recurso de protección interpuesto por un ciudadano venezolano en contra del Servicio Nacional de Migraciones por no permitirle formalizar su solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado.
El recurrente expone que ingreso al país de forma clandestina auto denunciándose 5 días después de su ingreso, y que luego compareció ante el Servicio Nacional de Migraciones con la intención de formalizar su solicitud de refugio.
Agrega que una funcionaria del Servicio rechazó de manera verbal su petición, indicándole que debía haberla presentado al momento de ingresar a Chile, y que le manifestó que su situación no calificaba para pedir tal reconocimiento, denegándole recibir su solicitud.
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