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Fiscalización ambiental

SMA habilita nuevo módulo en el SISAT y publica guía técnica para controlar emisiones de olores del sector pesquero

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) puso en funcionamiento el nuevo Módulo “Norma Pesqueras” dentro del Sistema de Seguimiento Atmosférico (SISAT), destinado a facilitar el cumplimiento de las obligaciones establecidas para las plantas de harina y aceite de pescado y de alimento para…

Por Redacción·05 de octubre de 2026·3 min de lectura
SMA habilita nuevo módulo en el SISAT y publica guía técnica para controlar emisiones de olores del sector pesquero
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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) puso en funcionamiento el nuevo Módulo “Norma Pesqueras” dentro del Sistema de Seguimiento Atmosférico (SISAT), destinado a facilitar el cumplimiento de las obligaciones establecidas para las plantas de harina y aceite de pescado y de alimento para peces en materia de emisiones de olores.

Junto con la habilitación de la plataforma, el organismo publicó el Manual de Usuario del nuevo módulo y la Guía de Contenidos Mínimos para la remisión de información, herramientas destinadas a implementar y facilitar el cumplimiento del Decreto Supremo N°23/2024 del Ministerio del Medio Ambiente, que regula las emisiones de olor provenientes de este tipo de instalaciones.

El nuevo módulo se encuentra disponible a través de la Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) y permitirá a los titulares registrar el catastro oficial de sus plantas.

Este registro incluye la delimitación geográfica del predio, la identificación de las unidades emisoras y los equipos de abatimiento existentes en las instalaciones.

La plataforma permitirá, además, cargar los reportes relacionados con las prácticas operacionales y los monitoreos de olores, correspondientes a los denominados reportes de inicio exigidos por la normativa.

De manera complementaria, la SMA publicó la “Guía de Contenidos Mínimos”, documento técnico cuyo objetivo es estandarizar los informes que deberán presentar las empresas sometidas a la regulación.

La guía establece criterios para efectuar la medición directa de la Tasa de Emisión de Olor (TEO), evaluar la Eficiencia de Reducción de Olor (ERO), realizar análisis olfatométricos conforme a la norma NCh3190 y desarrollar las respectivas modelaciones de dispersión atmosférica.

El superintendente del Medio Ambiente, Emanuel Ibarra, destacó que la implementación de estas herramientas forma parte de la modernización de las labores de fiscalización ambiental y busca entregar parámetros técnicos claros a la industria pesquera.

“La puesta en marcha de este módulo y la publicación de esta guía representan un avance clave en la modernización de nuestra fiscalización. Estamos entregando certeza técnica y herramientas digitales claras para que la industria pesquera cumpla con los estándares exigidos, asegurando un control riguroso de las emisiones de olor en beneficio de la calidad de vida de las comunidades colindantes a estos proyectos/instalaciones”, señaló.

Exigencias diferentes para plantas existentes y nuevas

La normativa contempla mecanismos diferenciados para acreditar el cumplimiento dependiendo de si se trata de instalaciones existentes o nuevas.

Las plantas existentes podrán demostrar el cumplimiento de la normativa mediante la vía de Reducción o a través de la vía de Modelación.

En este último caso deberán acreditar, mediante la correspondiente modelación, que la concentración de olores en los receptores no supera las 5 ouE/m³, percentil 98.

Las plantas nuevas, en cambio, deberán utilizar obligatoriamente la vía de Modelación y verificar mediante ella que la concentración de olores en los receptores no exceda las 3 ouE/m³, percentil 98.

El nuevo módulo del SISAT incorpora también una funcionalidad destinada a informar episodios de emergencia de olor.

De acuerdo con la normativa, estos eventos deberán ser notificados a través de la plataforma dentro de un plazo de 24 horas.

Tanto el “Manual de Usuario del Módulo Norma Pesqueras” como la “Guía de Contenidos Mínimos” se encuentran disponibles para descarga pública a través del portal institucional de la Superintendencia del Medio Ambiente.

La SMA informó, además, que las consultas técnicas que formulen los titulares sometidos a esta regulación serán canalizadas a través de su Oficina de Atención Ciudadana (OAC).

De esta manera, la implementación del módulo permite concentrar digitalmente el catastro de las instalaciones, la información sobre sus fuentes emisoras y sistemas de abatimiento, los reportes de prácticas operacionales y monitoreo y la notificación de emergencias, mientras que la guía técnica establece los criterios que deberán seguir las empresas para elaborar y remitir los informes exigidos por el D.S. N°23/2024.

Vea Guía sobre remisión de información y contenido mínimo de informes con el D.S. N° 23/2024 MMA.

Vea Manual de usuario para regulados: Módulo Norma de emisión de olores para el sector pesquero.

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