Seguridad pública.
Acción de protección contra Municipalidad de Santiago por inseguridad en Plaza Copiapó se rechaza porque la persecución de delitos corresponde al Ministerio Público.
Respecto de la existencia de eventuales ilícitos que se cometerían en la Plaza Copiapó, ningún reproche puede imputársele a la recurrida desde que la función de investigación y persecución de ellos, según lo dispone la Constitución, se ha otorgado en forma exclusiva y excluyente al Ministerio Público.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección interpuesto por la Fundación Orden en contra de la Municipalidad de Santiago, por la supuesta falta de adopción de medidas inmediatas que terminen con la situación de inseguridad en la Plaza Copiapó.
La recurrente, en representación de vecinos y organizaciones comunitarias, expuso que la Plaza Copiapó enfrenta graves problemas de inseguridad debido a su ocupación por personas que trafican y consumen alcohol y drogas, pernoctan y generan insalubridad, afectando la calidad de vida de los residentes y establecimientos cercanos, como un consultorio, un liceo y un jardín infantil.
Agregó que, pese a la presentación de una propuesta financiada por la Fundación Orden para construir un Punto Limpio en el lugar, el municipio la rechazó argumentando la futura implementación de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP). Aunque se alcanzó consenso para intervenir la plaza y destinar parte de su espacio a huertos comunitarios, la falta de financiamiento y respuesta a nuevas solicitudes mantiene la problemática sin solución.
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