Recurso de protección acogido.
Acusar de pedófilo a funcionario municipal sin que exista una sentencia ejecutoriada que establezca fehacientemente la comisión del delito, vulnera el derecho a la honra, resuelve Corte de La Serena.
Las expresiones consignadas en los perfiles personales de la red social Facebook del recurrido, no encuentran amparo en la garantía de libertad de expresión.

La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de protección interpuesto en contra de un hombre por haber publicado en Facebook que un funcionario municipal era pedófilo.
El actor expuso que, luego de que el hombre junto a dos mujeres se dirigieron a su oficina en la Municipalidad de Coquimbo para golpearlo y a cortarle una oreja, junto con amenazarlo de muerte, procedió luego a publicar en Facebook que era un depredador sexual y pedófilo, acompañado de su nombre completo, fotos de su rostro y lugar de trabajo, junto con hacer un llamado a cuidar a las niñas.
Aduce que, dichas publicaciones no sólo fueron comentadas y compartidas por terceros, sino que además llegaron a conocimiento de sus amigos, compañeros de trabajo e hijos, en circunstancias que los hechos por los que se le acusa son falsos.
Te puede interesar

Recurso de protección acogido.
Corte de la Serena anula orden de Municipalidad de Coquimbo de demoler módulo de venta de fruta y verduras.

Recurso de amparo económico acogido.
Municipalidad no puede ordenar el desalojo de un “foodtruck” con permisos y patente vigente sin antes dictar el acto administrativo que deje sin efecto el permiso precario otorgado para ocupar un espacio en un bien nacional de uso público.

Recurso de amparo económico rechazado.
Perdió oportunidad la acción si el municipio recibió el pago de una patente comercial que inicialmente se negó a percibir.

