Recurso de protección rechazado.
CONAF está sometida a fiscalización de la Contraloría y por administrar recursos públicos los protocolos de acuerdo que haya celebrado con las organizaciones sindicales al implicar disposición patrimonial no son exigibles.
Esta situación se origina medularmente en base a la verdadera indeterminación jurídica en que, desde sus orígenes, se encuentra la referida CONAF.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Concepción, que rechazó el recurso de protección interpuesto por 154 trabajadores afiliados al sindicato regional de trabajadores de la Octava Región en contra de CONAF, por dejar sin efecto los protocolos de acuerdo, en los que se reconoce el derecho de sus trabajadores a obtener aumento de grados cuando se encuentren en condiciones de jubilarse.
La actora expone que el derecho al aumento de grado se encuentra incorporado en los contratos de trabajo, los cuales se rigen por el Código del Trabajo. A pesar de recibir fondos públicos, señala que son una entidad de derecho privado que se rige por sus estatutos, por el Código Civil en lo referido a las corporaciones y fundaciones, y por el Decreto del Ministerio de Justicia que le otorgó la personalidad jurídica, por lo que el Director Ejecutivo de CONAF no puede dejar sin efecto de manera unilateral los protocolos de acuerdo, celebrados con los sindicatos en los que se reconoce dicho derecho, a pesar de que la CGR en su informe final haya observado que el aumento de remuneraciones en uno o más grados del personal con edad de jubilar que se acoja a retiro habría excedido los límites en materia de disposición patrimonial, en atención a que se trata de recursos públicos, y que los que administran recursos públicos carecen de libertad de disposición patrimonial.
Lo anterior, ya que CONAF no tiene la calidad jurídica de órgano de Administración del Estado, por lo que estima que la decisión de la recurrida fue arbitraria e ilegal, vulnerando los derechos de igualdad ante la ley, la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, como así también el derecho a la propiedad, y solicita que se deje sin efecto la decisión del Director Ejecutivo.
Te puede interesar

Recurso de protección rechazado.
Acusaciones publicadas en Instagram contra un estudiante universitario no vulneran el derecho a la honra si fueron vertidas en una cuenta privada a la que tiene acceso un número determinado de personas.

Recurso de amparo rechazado.
Excusa para no cumplir con la obligación cívica en orden a ser vocal de mesa, no es suficiente para liberarlo del pago de la multa de $243.412.- bajo apercibimiento de arresto de 15 días, resuelve la Corte de Valparaíso.

Recurso de amparo rechazado por la Corte de Temuco.
Corte no puede actuar como tribunal de apelación para analizar si concurren los requisitos del permiso dominical en favor de un interno por no ser un mecanismo de impugnación establecido en la ley.

