En contra de la Secretaría Ministerial de Educación, municipalidad, y cuatro colegios.
Corte de Apelaciones de Iquique rechaza recurso de protección que pedía eximir a estudiantes de origen quechua de asignatura sobre cultura y lengua aymara.
El Tribunal de alzada estableció que, con los antecedentes aportados, no es posible avizorar alguna conducta ilegal o arbitraria de las recurridas al ser la asignatura cuestionada de carácter optativa y no obligatoria.

La Corte de Apelaciones de Iquique rechazó el recurso de protección presentado por el Consejo Lingüístico, Socio Cultural, Patrimonial y Territorial del Pueblo Quechua en contra de la Secretaría Ministerial de Educación, el Departamento de Educación de la Municipalidad de Alto Hospicio y cuatro colegios de la comuna, que pedía eximir a estudiantes de origen quechua de asignatura sobre cultura y lengua aymara.
El fallo señala que, del recurso se desprende un reclamo en contra de los recurridos, desde que pese al origen quechua de los estudiantes por quienes se mantiene el recurso, y no obstante la normativa pertinente, se les impondría a estos formación sobre la cultura aymara, generándoles asimilación forzada, perjudicial en los derechos que se reclama, pretendiéndose en lo medular, se ordene a los recurridos se exima a los afectados de las clases de aymara reclamadas, recibiendo en cambio, educación de la lengua y cultura del Pueblo Quechua, por educadores validados por el Consejo Lingüístico, Socio Cultural, Patrimonial y Territorial del Pueblo Quechua, con el financiamiento respectivo.
Para el tribunal de alzada, los antecedentes aportados a la causa, ponderados conforme las reglas de la sana crítica, impiden avizorar la ocurrencia de alguna conducta ilegal o arbitraria de las recurridas en perjuicio de los protegidos (…) por otro lado, en razón de lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto 280 del Ministerio de Educación, fluye que dicha asignatura es optativa para el educando, por lo que malamente podría apreciarse la supuesta imposición denunciada.
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