Diario Constitucional

Acceso al agua potable como derecho humano.

Corte Suprema ordena al Comité de Agua Potable Rural Coihue dar acceso a la red de agua potable a Junta de Vecinos.

La omisión denunciada constituye un atentado contra el derecho a la vida de los recurrentes, atendido a que ningún ser humano puede vivir sin agua.

Por Redacción·11 de diciembre de 2021·4 min de lectura
Imagen: San Juan hoy
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que acogió una acción de protección deducida en contra de Comité de Agua Potable Rural Coihue, por no permitir la conexión domiciliaria de los vecinos de la Junta a la red de agua potable estando en las condiciones técnicas para hacerlo.

En su líbelo, la recurrente explica que, la Junta de Vecinos el Sauce se encuentra en un sector rural, que no cuenta con agua potable, convirtiéndose en un problema sanitario relevante para ellos, por lo que desde el año 2011 realizan gestiones tendientes a dar solución a dicha dificultad, adjudicándose el año 2016 un proyecto de construcción de la extensión de red de agua potable a través del municipio de Negrete.

La extensión debía provenir del sistema de abastecimiento de agua potable rural, propiedad del Comité, razón por la que el Municipio de Negrete aprobó la construcción de dicha extensión en septiembre del 2017.

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