Cobertura de medicamentos
Corte Suprema ordena suministrar fármaco oncológico no cubierto por la normativa tras invocar derecho a la vida
El máximo Tribunal acogió la acción cautelar presentada por una paciente con cáncer cervicouterino avanzado, tras establecer que la negativa de las autoridades a suministrar el medicamento Pembrolizumab por razones administrativas y económicas constituye un acto arbitrario que amenaza su derecho a la vida.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que rechazó el recurso de protección interpuesto en contra del Ministerio de Salud, del Servicio de Salud de O’Higgins, del Fondo Nacional de Salud y del Hospital Regional de Rancagua, por la negativa a otorgar cobertura del medicamento Pembrolizumab, necesario para el tratamiento de la actora.
La recurrente explicó que el medicamento es necesario para tratar su cáncer cervicouterino recidivado estadio IV, enfermedad que afecta gravemente su calidad de vida. Argumentó que, pese a haberlo solicitado, fue rechazado por falta de recursos y porque el fármaco no está incluido en los programas oficiales. Sostuvo que esta negativa vulnera sus derechos constitucionales a la vida, igualdad ante la ley y a la protección de la salud.
Las recurridas al informar, argumentaron que la cobertura no es procedente, atendido a que el fármaco no se encuentra en el arsenal terapéutico del Hospital ni cuenta con cobertura en la normativa. Asimismo, se cuestionó la efectividad del medicamento para la patología de la actora.
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