Diario Constitucional

Con votos en contra.

Corte Suprema ordena vacunación obligatoria de menor pese a negativa de padres.

Uno de los requisitos para la procedencia de la acción cautelar es la legitimación activa de quien recurre por el agraviado por cuanto no se trata de una acción popular, sino que corresponde al directamente lesionado con el acto u omisión, y no se ha establecido cual es el interés directo de la recurrente en la acción interpuesta, pues la negativa es de los padres a vacunar a su hija, razona la Corte de Santiago.

Por Redacción·28 de marzo de 2025·3 min de lectura
Imagen: drmarcopediatra.com
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó el recurso de protección interpuesto por Clínica Dávila y Servicios Médicos SpA en contra de los padres de una menor recién nacida, por negar su vacunación obligatoria contra la tuberculosis (BCG) y la hepatitis B, y ordenó que de forma inmediata se le apliquen todas las vacunas que, atendida su edad, tengan el carácter de obligatorias, a pesar de la negativa de sus padres.

La clínica sostuvo que la negativa pone en riesgo la salud de la niña y de la población, al no cumplir con las normativas que establecen la vacunación obligatoria contra enfermedades inmunoprevenibles. Citó la legislación que permite la aplicación de procedimientos médicos en caso de riesgo para la salud pública, y solicitó que se disponga la vacunación de la niña, considerando que la decisión de los padres carece de fundamento válido.

Por su parte, los padres de la niña señalaron que están comprometidos con su salud, pero consideran que el Plan Nacional de Inmunización no garantiza condiciones éticas y responsables para la vacunación.

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