Diario Constitucional

Igualdad ante la ley.

CS acoge recurso de protección deducido contra una Asociación Gremial de dueños de Microbuses y deja sin efecto la prohibición impuesta a chofer para ingresar al Terminal de Buses.

La recurrida no cuenta con la potestad para impedir en forma permanente al actor ejercer la actividad que le permite procurarse un sustento económico.

Por Redacción·10 de agosto de 2021·2 min de lectura
Imagen: Recorrido.cl
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia pronunciada por la Corte de La Serena y acogió el recurso de protección deducido por un chófer en contra de la Asociación Gremial de Dueños de Microbuses, y le ordenó dejar sin efecto la prohibición para ingresar y desarrollar sus actividades en el Terminal de Buses.

En su libelo, el recurrente expuso que en el año 2017 producto de un altercado con un inspector de garita, a quien le propinó una bofetada con fines defensivos, la Asociación suspendió su ingreso al terminal de buses. En el año 2019 solicitó su restitución, sin obtener respuesta, y por ello, solicita se ordene a la recurrida permitir el retorno a su trabajo, atendido que han transcurrido dos años y seis meses del altercado referido.

En su informe, la Asociación señala que el Terminal es un recinto privado que les pertenece, por lo cual solo admite la entrada de conductores de un proveedor de transporte público, personal administrativo y socios gremiales de la Asociación. De este modo, el actor al no detentar ninguna de estas calidades no puede aceptar su solicitud de retorno, especialmente debido a la agresión ocurrida con anterioridad.

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