En fallo dividido.
CS anula juicio por tráfico de drogas por uso ilegal de agente revelador.
El máximo Tribunal estableció infracción de ley al utilizar un agente revelador para contactar a los recurrentes mediante una red social, autorización que correspondía a causa diversa.

La Corte Suprema acogió los recursos de nulidad deducidos en contra de la sentencia que condenó a los recurrentes como autores del delito de tráfico de marihuana. Ilícito que habrían perpetrado en la ciudad de Arica, en octubre de 2019.
La sentencia indica que, del mérito de la sentencia en estudio, las conclusiones fácticas alcanzadas por los juzgadores arrancan de la convicción que les produce lo manifestado, tanto por el testigo Héctor Urrutia, como por el testigo reservado que ofició como agente revelador, en el sentido que la autorización para el empleo de la técnica investigativa contenida en el artículo 25 de la Ley 20.000 se materializó en otra investigación, singularizada con el RUC 1.900.886.425-4 y, tal como razona el tribunal en el motivo decimoctavo, transcrito ut supra, en el sentido de reconocer que por una falta administrativa se omitió tal registro en la carpeta investigativa.
La resolución agrega que de lo anterior fluye que se incumplió la obligación prevista en el artículo 227 del Código Procesal Penal, que impone al Ministerio Público el registro de todas las actuaciones de la investigación –incluidas las autorizaciones que pudieren otorgarse en una causa diversa–, omisión que no puede ser subsanada por las aseveraciones del funcionario policial que participó en el procedimiento ni de forma ex post al cierre de la investigación.
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