En fallo unánime.
CS confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que rechazó recurso de protección por impedimento al acceso a pertenencias mineras.
El derecho cuya protección se buscaba no es indubitado y requiere una sentencia de carácter declarativo.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que rechazó un recurso de protección que solicitaba ordenar al recurrido la entrega de pertenencias mineras que son de propiedad de la actora.
El conflicto surge luego que entre las partes se celebrara un contrato de explotación en una mina de ripio que estuvo vigente hasta el año 2013, terminado el plazo del contrato la recurrida continuó ingresando a la propiedad minera, explotando los pozos de ripio y vendiendo de forma ilegal el mineral extraído.
El recurrente accionó de protección, acusando que se le vulnera la igualdad ante la ley, su derecho de desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a ley y su derecho de propiedad sobre la mina, y solicitó que se ordene la entrega inmediata de las pertenencias mineras que actualmente utiliza el recurrido sin título alguno, retirando todo aquel personal y maquinarias que mantenga en dicho lugar, permitiendo el libre acceso a la propietaria.
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