Por unanimidad.
CS confirma sentencia que acogió protección de profesora jubilada a quien se le revocó la rebaja del descuento en salud con cargo a su pensión.
La recurrente estimó vulnerado su derecho de propiedad.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que acogió protección deducida en contra del Instituto de Previsión Social de la Región del Bío Bío y que fue entablada por profesora a quien se le revocó la rebaja de un 7% a un 5% de su jubilación por concepto de pago por salud.
La sentencia de la Corte de Apelaciones del Bío Bío señaló que, de los antecedentes que obran en la causa, la entidad recurrida informó que dicha revocación corresponde a una recalificación de la información recabada acerca de la situación socioeconómica de la recurrente, toda vez que tendría un puntaje mayor de asignación de indicadores de vulnerabilidad, que no la harían merecedora de tal beneficio.
A su turno, agrega la decisión de la Corte de Apelaciones de Concepción que el acto administrativo que revocó tal beneficio obtenido por la actora, tiene referencias exclusivamente remitidas a la Ley que estableció tal prestación, sin ahondar en mayores antecedentes y por lo cual la actuación es arbitraria e ilegal. Del mismo modo, al señalar la vulneración del derecho de propiedad, la Corte exhortó a la recurrida entidad previsional a revisar nuevamente si la recurrente cumple con tales requisitos y en tal caso tomar las decisiones pertinentes.
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