Por unanimidad.
CS confirma sentencia que rechazó protección en contra de CONCYT por no otorgar beca de doctorado a postulante.
Recurrente estimó que la decisión fue arbitraria, por cuanto copió los fundamentos de una idéntica postulación que realizó en una convocatoria anterior.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó protección deducida por académico en contra de la CONICYT frente a su rechazo a conferirle la beca de doctorado para perfeccionarse en el extranjero.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago señaló que, de los antecedentes que obran en la causa puede desprenderse que el recurrente elevó una candidatura a la convocatoria del año 2018 para cursar un doctorado en el exterior tras recibir una carta de aceptación en el programa de PhD In Law de la Universidad de Edimburgo.
El razonamiento en su sentencia de la Corte de Santiago versó sobre la improcedencia de conceder la acción deducida por el actor, por cuanto sus alegaciones guardan expresa relación con el resultado de un concurso, donde sus pretensiones escapan de la naturaleza de la acción cautelar que es el recurso de protección ya que no se trata de la vulneración de un derecho indubitado.
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Por unanimidad.
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