En fallo unánime.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra un Banco por realizar llamadas telefónicas y enviar mensajes de textos ofreciendo servicios comerciales.
Se estimó que no existe ninguna medida que la Corte pueda adoptar, toda vez que la situación que originó el presente recurso ya está superada.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Valparaíso que rechazó la acción de protección deducida contra de Banco Scotiabank Chile S.A. por enviarle al recurrente mensajes de texto a su teléfono celular privado y por haberle realizado llamados telefónicos, ofreciendo servicios comerciales, específicamente créditos de consumo.
El recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional de la vida privada y la honra.
La sentencia sostiene que consta en informe de Sinacofi, que da cuenta que cumple a cabalidad con la Ley N° 19.628, exponiendo que el artículo 4 de la citada ley permite el tratamiento de datos personales cuando sean necesarios para comunicaciones comerciales de respuesta directa o comercialización y venta directa de bienes o servicios.
Te puede interesar

En fallo unánime.
CS confirmó sentencia que acogió protección deducida por profesor despedido de un Colegio a quien se ocultó investigación seguida en su contra por maltrato escolar.

Con prevención.
CS revocó sentencia que declaró inadmisible recurso de protección deducido en contra del COMPIN de la Región de Atacama por el rechazo de cuatro licencias médicas de la recurrente.

Con voto en contra.
CS revocó sentencia y rechaza protección deducida por alcalde de Lo Barnechea respecto de Contraloría General de la República por no paralizar sumario administrativo.

