Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducida por 8 trabajadores municipales contra Alcalde de Puerto Montt por condicionar el pago de sus finiquitos a no realizar reservas de acciones.
Los recurrentes estimaron que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 2 y 24.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Puerto Montt que rechazó un recurso de protección deducido por 8 trabajadores municipales en contra del Alcalde de Puerto Montt por condicionar el pago de sus finiquitos a no realizar reservas de acciones.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección de contra del Alcalde de Puerto Montt, de la Jefa de Personal de la Municipalidad de Puerto Montt y del Concejo Municipal de Puerto Montt por condicionar el pago de sus finiquitos a no realizar reservas de acciones. Lo anterior, en el marco de negociaciones por una demanda de cobro de prestaciones económicas, ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt.
Los recurrentes estimaron que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 2 y 24.
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