Por unanimidad y con prevención.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por contribuyente contra Tesorería Provincial de Curicó por supuesta negativa a recibir pago de deudas tributarias y no dar condonación de intereses y multas.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 2 y 24.

Por unanimidad y con prevención, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Talca que rechazó un recurso de protección deducido por un contribuyente en contra de la Tesorería Provincial de Curicó por la supuesta negativa a recibir el pago de deudas tributarias y no dar condonación de intereses y multas.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Tesorería Provincial de Curicó por la supuesta negativa a recibir el pago de deudas tributarias y no dar condonación de intereses y multas, de conformidad al inciso segundo del artículo 192 del Código Tributario por registrar las anotaciones informáticas 4001 y 4002, por encontrarse querellado y acusado particularmente en causa penal tributaria RUC 1800604602-5, del 8° Juzgado de Garantía de Santiago.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 2 y 24.
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