Con disidencia.
CS confirmó sentencia y acoge amparo contra Juzgado de Garantía de Talcahuano.
La Corte Suprema, en alzada, confirmó la sentencia apelada en todas sus partes con el voto en contra de los Ministros Dolmestch y Cisternas, quienes estuvieron por revocar la sentencia en alzada, y en consecuencia, desestimar la acción de amparo intentada.

Se dedujo acción de amparo contra el Juzgado de Garantía de Talcahuano, por cuanto arguye el recurrente que el 19 de mayo de 2014, se llevó a efecto la audiencia en que se discutiría la “revocación de acuerdo reparatorio” vigente respecto del amparado, a la que no asistió este último, razón por la cual la Jueza suplente despachó orden de detención en su contra, considerando que no justificó su inasistencia.
En este sentido, agregó que era legalmente improcedente la revocación de un acuerdo reparatorio, pues el cumplimiento del mismo debe perseguirse conforme a lo establecido “en los artículos 233 y siguientes del Código de Procedimiento Civil”, indicando que no se trata en la especie de una audiencia que tenga a la presencia del imputado como condición de validez en los términos del inciso 2° del artículo 127 del Código Procesal Penal, ya que al derivar de una salida alternativa de acuerdo reparatorio, sólo tiene por objeto facilitar el cumplimiento de una obligación civil en beneficio de la víctima.
Por su parte, la recurrida informó que, en audiencia de 22 de noviembre de 2013, se aprobó un acuerdo reparatorio respecto del amparado, por el delito de daños perpetrado por éste, al apedrear, junto a otro sujeto, el cuartel de la Cuarta Comisaría de Carabineros de Hualpén, avaluados éstos en la suma de $32.500, la que debía pagarse en cuotas de $16.500 y $16.000, acuerdo que no cumplió, por lo cual el abogado de la parte querellante lo hizo presente al Tribunal, programándose una audiencia para verificar el cumplimiento de la indicada salida alternativa.
Te puede interesar

Más de 500 recursos.
CS revocó sentencias y rechazó protecciones contra alza de planes de ISAPRES por patologías GES.

No se verifica ilegalidad y arbitrariedad.
CS confirmó sentencia y rechaza protección contra Tesorero Provincial.

Libertad de opinión.
Corte de Santiago rechaza protección de Movilh contra senadores y ex diputada.

