Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS confirmó sentencia y acogió protección contra Municipalidad de Calama por no renovar patentes de alcoholes a locales del recurrente.

El fallo concluyó que el acto impugnado es ilegal.

Por Redacción·28 de noviembre de 2019·2 min de lectura
CS confirmó sentencia y acogió protección contra Municipalidad de Calama por no renovar patentes de alcoholes a locales del recurrente.
Referencial

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Calama, que acogió la acción de protección deducida contra la Municipalidad de Calama por no renovar las patentes de alcoholes a locales del recurrente.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Municipalidad de Calama por la dictación de los Decretos Generales Alcaldicios N° 698 y N° 701, de fecha 17 de julio de 2019, que ordenó no renovar las patentes de alcoholes a dos locales del recurrente para el Segundo Semestre del año 2019.

El recurrente sostuvo que se vulneró sus garantías establecidas en el artículo 19 numerales 1, 2, 3, 21 y 24.

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