Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS rechazó protecciones contra Cuerpo de Bomberos de San Antonio por suspender a voluntarios.

De este modo, el máximo tribunal confirmó los fallos de la Corte de Valparaíso.

Por Redacción·14 de enero de 2019·3 min de lectura
CS rechazó protecciones contra Cuerpo de Bomberos de San Antonio por suspender a voluntarios.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó dos recursos de protección interpuestos en contra del Cuerpo de Bomberos de San Antonio por voluntarios del mismo que fueron sancionados con suspensión por seis meses tras haber infringido distintos artículos del Reglamento General de dicho Cuerpo de Bomberos.

Cabe recordar que, en su oportunidad, la Corte de Valparaíso indicó que los recurrentes no se refieren a los cargos imputados, ni acompañan antecedente alguno que permita acreditar que los mismos no eran efectivos, sino que se limitan a cuestionar el procedimiento disciplinario y establecido en los Estatutos y Reglamento General del Cuerpo de Bomberos de San Antonio, y al hecho de no habérseles citado a comparecer ante el Tribunal de Apelación para efectuar sus descargos.

La sentencia señala a continuación que del mérito de los antecedentes allegados al presente recurso, es posible desprender que entre las sanciones a imponer por el Consejo Superior de Disciplina se encuentra la de Suspensión hasta por seis meses. Conforme a la normativa correspondiente, se consagra el deber del Consejo de emitir su fallo oyendo previamente al afectado, lo que en la especie se cumplió, conforme lo afirmado por la recurrida y cuyo incumplimiento no ha sido alegado por la recurrente. Que en todo caso de haberse transgredido alguna disposición reglamentaria, se contempla el recurso de nulidad en contra de los fallos del Consejo de Disciplina. El artículo 41 de los Estatutos a que alude la recurrente si bien hace referencia a la forma en que se deberán efectuar las citaciones, en ningún caso se contempla que ello sea obligatorio para resolver el recurso de apelación, teniendo presente además que los tres recurrentes fueron oídos previamente y efectuaron sus descargos ante el Consejo General.

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