Por unanimidad.
CS revoca y rechaza protección contra Caja de Compensación y aseguradora por descuentos realizados a afiliado.
Máximo Tribunal indicó que en la actualidad no existen los presupuestos que merezcan acoger la acción cautelar.

En fallo unánime, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco y en su lugar rechazó protección deducida por afiliado en contra de la Caja de Compensación y Asignación Familiar La Araucana y también dirigido hacia Principal Compañía de Seguros de Chile S.A., por lo que denunció fue la realización de descuentos en su renta vitalicia.
Señala en su decisión la Corte Suprema que la recurrida CCAF La Araucana dispuso la devolución al actor de la suma de $153.748, cobrada el 8 de agosto, y de la suma de $61.159, retenida el 2 de septiembre, ambas fechas de 2019, sin perjuicio de que, además, determinó dejar de practicar descuentos al recurrente.
La sentencia del máximo Tribunal indicó que, luego de revisados los antecedentes y teniendo a la vista que las entidades citadas procedieron a la devolución de los montos descontados, no existen los presupuestos que hagan procedente la acción de protección, por lo que se desestima el libelo incoado por el actor.
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