Con dos votos en contra.
Corte Suprema revocó sentencia que declaró inadmisible protección deducido por Sociedad en contra de SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de Valparaíso por Resolución que ordenó cierre de Planta de Revisión Técnica
La sentencia fue acordada con el voto en contra del Ministro Suplente Juan Muñoz y del Abogado Integrante Julio Pallavicini, quienes estuvieron por confirmar la resolución apelada en virtud de sus propios fundamentos

Con dos votos en contra, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que declaró inadmisible el recurso de protección deducido por la sociedad Revisiones Técnicas San Dámaso S.A. en contra del Secretario Regional Ministerial (SEREMI) de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Valparaíso por la dictación de la Resolución Exenta Nº 3794, de fecha 30 de diciembre de 2019, que dispuso el Cierre de la Planta de Revisión Técnica B-0523.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 2 y 24.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso indicó en su sentencia que, atendido el mérito de los antecedentes, estimaron los sentenciadores que los hechos descritos en el recurso excedió a la naturaleza y fines de la acción cautelar de rango constitucional, por cuanto se vinculan con materias relacionadas con el contrato de concesión para operar un establecimiento que practique revisiones técnicas de vehículos suscrito entre el recurrente y la entidad recurrida, circunstancias que escapan a la tutela de urgencia y expedita de este arbitrio y visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Corte Suprema, se declaró inadmisible el recurso de protección.
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