Recurso de protección rechazado.
Declaración del casco histórico de Castro como monumento nacional, no vulnera el derecho a propiedad, resuelve la Corte de Puerto Montt.
No hay una afectación directa ni una merma evidente en la forma de vida del pueblo Huilliche que se vea afectada, ni los recurrentes justificaron el supuesto impacto significativo en la cultura de los pueblos originarios que se verá dañada o menoscabada en su forma de vida y su costumbre ancestral.

La Corte de Puerto Montt rechazó el recurso de protección interpuesto por la Municipalidad de Castro, propietarios, vecinos, comerciantes, empresarios, artesanos y comunidades indígenas en contra del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio por haber declarado monumento nacional, en la categoría zona típica o pintoresca, al casco histórico de Castro.
Los recurrentes alegan que la declaración impugnada fue contraria al Reglamento sobre zonas típicas o pintorescas, ya que a pesar de que el recurrido tuvo como antecedente la sesión extraordinaria del Consejo de Monumentos Nacionales celebrada el 19 de julio de 2019, en la que si bien se expuso que la comunidad en su mayoría estaba de acuerdo con proteger la iglesia de San Francisco a través de una modificación del plan regulador comunal de Castro y que no estaba de acuerdo con la declaración de monumento nacional del casco histórico, el Ministerio de todas formas dictó el decreto impugnado, que busca proteger el casco histórico a través de la regulación de la norma urbanística de altura máxima de edificación, cuyo único motivo era evitar la ampliación del mall “Paseo Chiloé”, pero no proteger realmente el valor patrimonial de la iglesia de San Francisco de Castro, por lo que no se consideró la participación ciudadana, la que a su vez tampoco fue aplicada para los pueblos indígenas, quienes no fueron consultados conforme al Convenio 169 de la OIT.
Estima que la declaración vulnera las garantías contempladas en el artículo 19 N°2, 14, 21 y 24 de la Constitución, y solicitan como remedio que se deje sin efecto el Decreto.
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