Recurso de protección acogido por Corte de Talca.
Demora excesiva para resolver solicitud de permanencia definitiva de parte del Servicio Nacional de Migraciones, es discriminatorio.
Lo que se reprocha en el recurso es la falta oportuna de la decisión definitiva, en virtud de lo cual es procedente que la autoridad encargada adopte una decisión terminal a la brevedad, aun cuando la visa temporaria permite efectuar una serie de trámites en situación regular.

La Corte de Talca acogió el recurso de protección interpuesto a favor de una ciudadana de Haití en contra del Servicio Nacional de Migraciones por demorar en responder su solicitud de permanencia definitiva.
La recurrente expone que, con el objeto de desarrollar sus proyectos de vida en nuestro país, previo al vencimiento de su visa de residencia temporaria, formuló una petición de permanencia definitiva con fecha 30 de diciembre de 2022, es decir, hace más de seis meses, y que la demora la mantiene en una situación de incertidumbre, lo que constituye una infracción a los artículos 6, 7, 8, 9, 24 y 27 de Ley N° 19.880, al tiempo que atenta contra el principio de igualdad garantizado en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental.
Solicita que se ordene al servicio pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva.
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