Recurso de amparo acogido.
Gendarmería debe trasladar de inmediato a privado de libertad a otra unidad penal del país como medida de seguridad para resguardar su vida e integridad física, resuelve la Corte de La Serena.
Las medidas adoptadas hasta el momento son insuficientes luego de que sufriera una lesión por parte de otros internos, por lo que la recurrida ha incurrido en omisiones que son dables de calificar como arbitrarias, al no adoptar todas las medidas que el caso amerita.

La Corte de La Serena acogió el recurso de amparo interpuesto en contra de Gendarmería por no asegurar la vida de un privado de libertad condenado por el delito de tráfico ilícito de drogas.
La recurrente alega que su hijo será ingresado a un módulo de seguridad del Complejo Penitenciario de La Serena-Huachalalume una vez que se decrete el alta médica de la cirugía a la que se sometió con ocasión del apuñalamiento que sufrió por parte de otros internos del recinto penitenciario, por lo que estima que el cambio de modulo no es suficiente en cuanto hay riesgo de que le provoquen la muerte, ya que continúan las amenazas, por lo que solicita que se lo traslade a otra unidad penal.
La recurrida informó que, “(…) a fin de garantizar el resguardo de la integridad física y psíquica, se dispuso que una vez que se decrete su alta médica, se ingrese a un módulo de máxima seguridad, disponiéndose la adopción de medidas de seguridad para el amparado, mientras se tramita el traslado a otra unidad del país por medidas de seguridad, como medida excepcional tendiente a minimizar los factores de riesgo y evitar nuevos hechos de violencia similares a los acontecidos.”
Temas
Te puede interesar

Recurso de amparo acogido con voto en contra.
No procede el traslado de privado de libertad que agredió a funcionario de Gendarmería a un recinto penitenciario de otra región en la que no tiene domicilio su familia, confirma la Corte Suprema.

Recurso de amparo acogido.
Víctor Llanquileo deberá regresar al CET de Cañete atendida las contradicciones y falta de fundamento en la resolución que ordenó su traslado dictada por Gendarmería, resuelve la Corte Suprema.

Reinserción social.
Traslado de interno privado de libertad a una unidad penal que supere los 500 km de distancia de su domicilio familiar es desproporcionado, resuelve la Corte Suprema.

