Recurso acogido en copiapó
Autoridad administrativa no puede negar audiencia solicitada por Ley de Lobby a pretexto de que el ciudadano habría infringido la Ley Karin sin que haya realizado una denuncia previa en su contra.
La alusión de las acciones imputadas al recurrente en la respuesta entregada para negar la incorporación a la audiencia sin una justificación previa, sin antecedentes que den cuenta de su efectividad o plausibilidad, resultan incompatibles con el cumplimiento de la función pública, la que debe ejercerse con transparencia, promoviendo el conocimiento, contenidos y fundamentos de las decisiones que se adopten en ejercicio de ella.

La Corte de Apelaciones de Copiapó acogió el recurso de protección interpuesto en contra del Director Regional de Aguas de la región por haberle negado la participación a un agricultor en una audiencia por la Ley de Lobby.
El actor alega que, en su calidad de presidente de una Comunidad de Aguas, solicitó bajo la Ley N°20.730 una audiencia para conocer el estado de tramitación de diversos expedientes relacionados con fiscalizaciones hídricas. Sin embargo, la autoridad regional de aguas rechazó la solicitud argumentando que la Ley N°21.643, más conocida como Ley Karín, se lo impedía, desde que habría incurrido en actos de violencia y maltrato hacia funcionarios de la Dirección Regional de Aguas, en circunstancias que no solo dichas imputaciones son falsas y carecen de respaldo objetivo, sino que, además, la Ley de Lobby garantiza el derecho de los ciudadanos a acceder a audiencias para gestionar intereses particulares ante autoridades públicas, sin imponer restricciones adicionales no previstas en la ley, como es la aplicación de la Ley Karin.
En mérito de ello, estima vulnerada la igualdad ante la ley y el derecho a realizar peticiones a la autoridad, por lo que solicita que se deje sin efecto la decisión del Director y que se le permita participar en la audiencia solicitada.
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