Recurso de amparo acogido.
Medida cautelar de prohibición de acercarse a su pareja por VIF carece de motivación tanto más si no se ha escuchado al denunciado, resuelve la Corte de Puerto Montt.
No se consideró la relación afectiva de larga data que une al recurrente con su pareja, ni la afectación que pudiere provocar en ambos la separación forzada por una medida cautelar carente de todo fundamento, considerando el grave y delicado estado de salud de la pareja del amparado.

La Corte de Puerto Montt acogió el recurso de amparo interpuesto por un hombre en contra del Juzgado de Familia de esa ciudad por haber decretado la prohibición de acercarse a su pareja, y en contra de Carabineros por haber concurrido a su domicilio para solicitarle que le entregara las pertenencias personales de su pareja sin orden judicial.
El recurrente expuso que con ocasión de que su pareja, con la que ha mantenido una convivencia de hace cinco años se encuentra hospitalizada por haber sufrido un accidente cerebrovascular, el tribunal acogió una medida de alejamiento solicitada por su cuñada, quien lo acusó de haber trasladado a su pareja tardíamente al hospital, de hacer uso de su cuenta corriente y tarjetas bancarias, y de que él se quiere casar con ella en el hospital. Agrega que el tribunal se ha negado a escucharlo previamente, por lo que al haberse vulnerado el debido proceso la resolución es ilegal y arbitraria, ya que los hechos relatados por su cuñada son falsos, pues es ella la que quiere quedarse con los bienes de su hermana, con la que por cierto no tenía una buena relación.
Respecto de Carabineros señala que a pesar de no contar con una orden judicial, se apersonó en su domicilio en compañía de su cuñada y del esposo de aquella, a fin de solicitar las especies personales de su pareja, para lo cual recibió una amenaza de ser arrestado.
Comentarios (2)
María Oviedo Castellón entregué todo a la familia tóxica de su pareja, y los costos de la hospitalización. además actualmente solo un 1% de los ACV mueren
ximena olivares el mundo al revés ? , en serio?
Te puede interesar

Recurso de protección acogido por Corte de Santiago.
Administrador de la comunidad de un edificio debe permitir la tenencia de dos mascotas de compañía a residente aun cuando el reglamento de copropiedad no lo permita.

Recurso de amparo acogido por Corte de Santiago.
Arraigo de deudor de alimentos se deja sin efecto por existir medidas cautelares reales que garantizan el pago de la deuda.

Recurso de protección acogido por Corte de Santiago.
Egresado de Instituto Profesional debe dejar de difamar al Rector de esa institución y abstenerse de realizar cualquier publicación dirigida a descalificarlo.

