Corte Suprema confirma suspensión
Universidad San Sebastián: suspensión temporal de estudiante formalizado por delito sexual, se ajusta a Derecho
El actuar de la recurrida se encuentra amparado en la autonomía e independencia académica, por medio de la cual dictó el referido reglamento que rige el procedimiento sancionatorio, norma que era además conocida por el recurrente al momento de suscribir el respectivo contrato de prestación de servicios educacionales.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección interpuesto contra la Universidad San Sebastián, que confirmó la medida de suspensión temporal de la calidad de estudiante del actor formalizado por delito sexual .
El recurrente consideró ilegal y arbitraria la decisión de rechazar su apelación y confirmar la medida cautelar de suspensión temporal de su calidad de estudiante, adoptada en julio de 2024. Argumentó que dicha medida vulnera los principios de inocencia y proporcionalidad, ya que no existen circunstancias graves que justifiquen su imposición, especialmente dado que ha cumplido con las medidas cautelares en el ámbito penal.
Señaló que la resolución carece de fundamentos suficientes, afecta su derecho a la educación y genera incertidumbre académica, por lo que solicitó que se deje sin efecto y se le reincorpore a sus estudios.
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