Diario Constitucional

Recurso de protección acogido, con voto en contra.

Ministerio de Salud debe incluir en el programa nacional de vacunación contra el COVID-19, a los menores entre seis meses y tres años de edad.

Las razones de orden administrativo o económico para justificar el rechazo de la inoculación de niños y niñas de dicho grupo etario, resultan insuficientes y deben, necesariamente, ceder ante la necesidad de resguardar el interés superior y la garantía constitucional a la vida e integridad física.

Por Redacción·28 de enero de 2023·7 min de lectura
imagén: Diarios Bonaerenses
Referencial

La Corte de Santiago acogió el recurso de protección deducido por la madre de una niña de 3 años de edad, y ordenó al Ministerio de Salud, bajo las indicaciones del Instituto de Salud Pública, incluir, en el programa nacional de vacunación contra el COVID-19, a niños entre seis meses y tres años de edad.

La recurrente expuso que el Comité de Urgencia para la evaluación de medicamentos y vacunas, perteneciente al Instituto de Salud Pública (ISP), recomendó aprobar la inmunización en niños desde los 6 meses con las vacunas Coronavac, Moderna Spikevax y Pfizer.

Agrega que el Ministerio de Salud, a pesar de contar con la autorización del ISP, organismo que históricamente ha sido el encargado de evaluar el ingreso y aprobación en Chile del uso de medicamentos, vacunas y dispositivos médicos, niega la vacunación a los menores de 3 años.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.