Diario Constitucional

Recurso de protección rechazado en alzada.

Negativa a entregar certificado de título y diploma de magíster por deuda de arancel universitario se justifica en base a la autonomía universitaria, resuelve la Corte Suprema.

La autonomía universitaria dota a los planteles de educación superiores de un poder resolutivo en todo lo que se relaciona con el quehacer interno universitario, tanto en el ámbito académico, económico como administrativo.

Por Redacción·14 de agosto de 2024·4 min de lectura
diarioconcepcion.cl
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que acogió el recurso de protección contra la Universidad de Concepción por condicionar la entrega al recurrente del certificado de título y diploma de magíster al pago de aranceles adeudados.

La actora sostuvo que la retención de su certificado de título y diploma de magíster por la existencia de una deuda de arancel constituye una medida ilegal y arbitraria, cuando la Universidad no cuestiona el cumplimiento de todos los requisitos académicos necesarios para la obtención del título, sino que basa su negativa únicamente en el saldo pendiente de pago.

Aduce que el comportamiento de la recurrida es una forma indebida de autotutela que transgrede sus derechos constitucionales, específicamente, el derecho a la educación y la igualdad ante la ley.

Comentarios (2)

  1. Sam

    a pagar nomas, como todo ciudadano de a pie, que se esfuerza y sacrufica y no como este gobierno de flojos que lo quiere todo GRATIS

  2. Rene Manzano Tapia

    En que clase de país vivimos en que el dinero es mas importante que el logro académico de un estudiante

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