Recurso de protección acogido por Corte de Santiago.
No someter a tratamiento psicológico y psiquiátrico a condenados por delitos de abuso sexual en menores de 14 años y de homicidio calificado mientras se encuentran recluidos, vulnera sus derechos fundamentales.
Es deber de la Administración Penitenciaria proporcionar instalaciones debidamente equipadas para las consultas y tratamientos médicos, a fin de atender la salud de las personas privadas de libertad en sus unidades, además de contar con personal suficiente y capacitado para cubrir las necesidades de atención médica de la población, las que incluyen también la salud mental o psiquiátrica de los internos.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto en contra de Gendarmería por no someter a tratamiento psicológico a condenados por delitos de abuso sexual reiterados en menores de 12 años y de homicidio calificado.
El recurrente alega que, a pesar de que los condenados cometieron delitos graves no han recibido la atención psicológica adecuada durante el cumplimiento de las condenas que les permita la rehabilitación y bienestar emocional, por lo que el Estado chileno no sólo no los está preparando para una eventual libertad condicional, sino que además, les imposibilita reducir la posibilidad de que vuelvan a cometer delitos una vez que salgan en libertad, lo que no hace más que revelar la negligencia alarmante del Estado en su deber de proporcionar un entorno rehabilitador, cuyo deber, además, se ve infringido a la hora de proporcionar cursos de trabajo y capacitación, desde que los programas que dispone Gendarmería, no son para todos, de modo que muchos son abandonados a su suerte.
Aducen que, la no intervención psicológica les ha provocado depresión y la imposibilidad de poder postular a la libertad condicional, en cuanto la Comisión informó acerca de dificultades de adaptación psicológica y sobre rasgos psicopáticos que tenían, es decir, a pesar de llevar varios años recluidos (20 años uno de ellos, quien además es adulto mayor), Gendarmería no previene futuros delitos, en cuanto no los ha sometido a tratamientos psicológicos adecuados y dignos que permitan su rehabilitación.
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