Diario Constitucional

Corte Suprema

Prohibición de ingreso a exalumna que participó en lista de comentarios ofensivos se enmarca en la autonomía del colegio

La decisión se incluye dentro de la autonomía que se reconoce a los colegios privados, en ejercicio de su libertad para llevar a cabo su proyecto educativo, que toda la comunidad escolar reconoce y acepta al elegir el colegio recurrido

Por Redacción·05 de junio de 2025·4 min de lectura
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Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que acogió el recurso de protección interpuesto en contra del Colegio Alemán de Los Ángeles, por prohibir a la actora el ingreso a las dependencias del establecimiento.

La recurrente, egresada del Colegio, denunció al establecimiento por haberle enviado una carta de sanción, sin procedimiento previo ni posibilidad de defensa, prohibiéndole el ingreso a sus dependencias. Señaló que dicha sanción se basa en su participación en una actividad habitual de fin de año, consistente en una lista de “prospectos atractivos”, que no tuvo la intención de dañar a nadie. Alegó que su conducta durante toda su vida escolar fue ejemplar, y que la sanción le causa un profundo daño emocional y familiar, ya que le impide acompañar a su hermano menor, alumno del colegio, en actividades académicas. Consideró que la medida vulnera su honra, integridad psíquica, libertad de tránsito e igualdad ante la ley, solicitando que se declare ilegal y arbitraria, se deje sin efecto la sanción y se elimine todo registro de la misma.

El Colegio sostuvo que la actora ya no forma parte de la institución, dado que egresó el 31 de diciembre de 2024, y que la sanción fue impuesta una vez expirado el vínculo contractual, por lo que no es aplicable el reglamento interno ni la normativa educacional. Además, que no tiene legitimación activa para recurrir ni puede invocar derechos como si fuera aún alumna. Añadió que la recurrente, junto a otras personas, ingresó indebidamente al colegio y colocó un cartel titulado “Lista Negra gen 24”, que contenía frases denigrantes, injuriosas, racistas, homofóbicas, misóginas y obscenas dirigidas a estudiantes identificables del colegio, lo que demuestra una clara intención de menoscabar su honra. En ese contexto, justificó la medida adoptada por la dirección.

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