Libertad personal y seguridad individual.
Recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile por traslado de interno desde Centro Penitenciario de Alto Hospicio hasta el CDP Santiago Sur, se acoge a trámite.
Del texto del recurso aparece que la situación descrita constituye uno de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución, en cuanto se alude a una presunta afectación a la libertad personal del amparado.

La Corte Suprema revocó la resolución de la Corte de Santiago, que declaró inadmisible la acción de amparo deducida en favor de un condenado en contra de la decisión de Gendarmería de Chile de trasladarlo de recinto penitenciario.
El amparado expone que se encontraba cumpliendo condena en el Complejo Penitenciario de Alto Hospicio por razones de arraigo familiar, y que fue trasladado al CDP Santiago por resolución de Gendarmería, fundada en un plan de descongestionamiento.
Sostiene que la decisión administrativa de traslado afecta gravemente la libertad personal, la seguridad individual y la integridad psíquica del amparado, obstaculizando el derecho a visitas e impidiendo la recepción de encomiendas por parte de sus familiares, además de interferir con su vida familiar y de cada uno de los internos que fueron trasladados desde ese recinto penitenciario, impidiendo las posibilidades de readaptación y reforma.
Temas
Te puede interesar

Con voto en contra.
Corte Suprema ordena al Servicio Nacional de Migraciones emitir pronunciamiento respecto de la solicitud de permanencia definitiva de una ciudadana venezolana en 30 días.

Libertad personal y seguridad individual.
Defensoría Penal Pública deduce acción constitucional de amparo en contra Gendarmería de Chile, por no ajustar su periodo de cuarentenas al actual protocolo del MINSAL.

Derecho a visita.
Medida que impide por un año a pareja de condenado visitarlo y dejarle encomiendas por haber intentado ingresar cannabis sativa a recinto penitenciario, se ajusta a derecho.

