Diario Constitucional

Con voto en contra.

Corte Suprema ordena al Servicio Nacional de Migraciones emitir pronunciamiento respecto de la solicitud de permanencia definitiva de una ciudadana venezolana en 30 días.

La no resolución de la petición efectuada importa un problema de seguridad que coloca a la recurrente en una situación de incertidumbre injustificada.

Por Redacción·07 de mayo de 2022·2 min de lectura
No se puede ordenar el abandono del país por no presentar certificado de antecedentes penales actualizado si antes fue acompañado y en base al mismo se obtuvo la residencia temporal.
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia pronunciada por la Corte de Santiago, que desestimó el recurso de amparo intentado por una ciudadana venezolana en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

La amparada señala que solicitó en tiempo y forma su permanencia definitiva, emitiendo la recurrida Resolución que da cuenta que el trámite migratorio se encuentra en etapa de “Análisis resolutivo”, pagando los derechos correspondientes el 27 de septiembre de 2021.

Alega que, no obstante cumplir con todos los requisitos legales para obtener el permiso solicitado, transcurriendo más de 2 años, hasta la fecha éste no ha sido concedido.

Comentarios (1)

  1. William pintó

    Hola buen día,soy Venezolano mi nombre es William Pinto. Quiero exponer el caso de mi hijo,el ingreso a este país por caminos irregulares y cumple 18 años en noviembre de este año,cursa cuarto medio y necesito saber cuales son los requisitos que piden para solicitar visa,el cuenta con pasaporte y el ministerio le asignó Ruth:100513843-0. Atte: William Pinto

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