Recurrida debe evacuar informe.
Recurso de protección contra administración de centro comercial por cortar el suministro eléctrico a local comercial, se admite a trámite por la Corte de Santiago.
El actor denuncia que el corte del suministro eléctrico sin un proceso judicial que respalde la acción lo que constituye un acto de autotutela, prohibido por el ordenamiento jurídico.

La Corte de Santiago declaró admisible el recurso de protección interpuesto en contra de la administración de un centro comercial por el corte del suministro eléctrico a un local comercial.
La recurrente, que opera en el rubro de alimentos, sostuvo que el corte de electricidad le impide la apertura y funcionamiento del local, y le genera pérdidas significativas en ventas y mercaderías.
Agrega que la medida se basa en supuestos incumplimientos contractuales, lo que constituye un acto de autotutela ilegal, y que la falta de un proceso judicial que respalde la acción refuerza su carácter arbitrario.
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