Derecho real.
Recurso de protección contra el Conservador de Bienes Raíces de Villa Alemana por la cancelación de un derecho de usufructo vitalicio, se declara inadmisible.
La recurrente no menciona hechos constitutivos de afectación a derechos fundamentales y, además, la situación descrita se encuentra bajo el amparo del derecho.

La Corte Suprema confirmó la resolución de la Corte de Valparaíso que declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por una mujer divorciada en contra del Conservador de Bienes Raíces de Villa Alemana. El arbitrio constitucional se fundó en la cancelación que el Conservador hizo de su derecho de usufructo vitalicio que le constituyó su excónyuge sobre un inmueble de su propiedad a modo de compensación económica.
La recurrente explica que en diciembre del 2022 se presentó en su domicilio una funcionaria judicial, con la finalidad de revisar el estado del inmueble cuyo derecho real de usufructo le pertenece, lo cual la sorprendió pues no tenía conocimiento de algún tipo de proceso en el que forme parte, más aún, cuando en la sentencia de divorcio dictada por el Tribunal de Familia de Villa Alemana se fijó como compensación económica la constitución del referido derecho de usufructo a su favor.
Precisa que tampoco fue emplazada o notificada de la existencia de un procedimiento que pudiese tener que ver con el inmueble o del usufructo del cual es titular por resolución de un Tribunal. En este caso, se le notificó del alzamiento de su derecho real de usufructo, el que fue requerido al Conservador de Villa Alemana.
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Comentarios (2)
Bernardina Ibarra y en el caso que el usufructo es hacia los hijos. y ya esté inscrita la propiedad en sii a nombre de los hijos que pasa con eso
Veronica Perez- Cotapos Como es usual ahora NO SE RESPETA LA LEY Y LO ACORDADO ENTRE LAS PARTES.
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