Recurrente carece de legitimación
Recurso de protección contra padres que negaron vacunación obligatoria a su hija recién nacida, se rechaza por la Corte de Santiago.
No se ha establecido cual es el interés directo de parte de la recurrente, Clínica Dávila, en la acción interpuesta, pues se trata de la negativa de los padres a vacunar a su hija; no se observa en este caso afectación o agravio, ilegalidad de lo obrado, ni menos la vulneración de garantías por el actuar o la conducta omisiva de los padres de la menor.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección interpuesto por Clínica Dávila y Servicios Médicos SpA en contra de los padres de una menor recién nacida, por negar su vacunación obligatoria contra la tuberculosis (BCG) y la hepatitis B.
La clínica sostuvo que la negativa pone en riesgo la salud de la niña y de la población, al no cumplir con las normativas que establecen la vacunación obligatoria contra enfermedades inmunoprevenibles. Citó la legislación que permite la aplicación de procedimientos médicos en caso de riesgo para la salud pública, y solicitó que se disponga la vacunación de la niña, considerando que la decisión de los padres carece de fundamento válido.
Los padres de la niña señalaron que están comprometidos con su salud, pero consideran que el Plan Nacional de Inmunización no garantiza condiciones éticas y responsables para la vacunación.
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