Diario Constitucional

Derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación.

Recurso de protección deducido contra empresa de servicios sanitarios por vender agua sin autorizaciones sectoriales ni permiso municipal, es acogido.

Al no tener un pronunciamiento de las autoridades sectoriales respecto de la actividad que ejecuta, la recurrida amenaza el derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación.

Por Redacción·17 de septiembre de 2021·4 min de lectura
Imagen: CIPER Chile.
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La Corte Suprema revocó la sentencia pronunciada por la Corte de Santiago, y acogió el recurso de protección deducido por el Comité de Administración de un conjunto habitacional en contra de una empresa de servicios sanitarios, por vender agua sin las autorizaciones sectoriales ni el permiso municipal correspondiente.

En su libelo, el Comité expuso que los vecinos han constatado en reiteradas ocasiones la disminución de la presión de los niveles de los pozos y del agua potable de la comunidad. Junto a la entrada diaria de camiones aljibes a la planta de la recurrida, cuyo administrador informó que aquello se debía a la “venta de agua”.

Explicó que la empresa no tiene autorización para realizar esta actividad, pues solo es titular de una concesión para la producción y distribución de agua potable y la recolección y disposición de aguas servidas. Agregó que ésta tampoco cuenta con las autorizaciones y evaluaciones ambientales para el traslado diario de agua por camiones en el sector, los cuales causan contaminación atmosférica y acústica, además de dañar el camino.

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