Igualdad ante la ley.
Recurso de protección deducido contra Registro Civil, por no tramitar solicitud de eliminación de antecedentes del extracto de filiación por hechos ocurridos el año 2000, se acoge a trámite.
Aparece de manifiesto que en el libelo se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir una vulneración de garantías fundamentales consagradas en la Constitución.

La Corte Suprema revocó la resolución pronunciada por la Corte de Santiago, que rechazó una acción de protección interpuesta contra el Registro Civil, por negarse a tramitar la eliminación de antecedentes penales de una solicitante.
En su libelo, la actora señala que fue condenada por el delito de giro doloso de cheques el día 24 de abril del año 2000, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 509 bis del Código de Procedimiento Penal y se ordenó el archivo de los autos.
Refiere que, el día 13 de agosto del año 2021, concurrió a dependencias del 34° Juzgado del Crimen de Santiago, para solicitar el desarchivo de la causa, la prescripción de la pena, de la acción penal y la eliminación del extracto de antecedentes penales.
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