Libertad de expresión.
Recurso de protección deducido contra TVN por transmitir reportaje denominado “Fiscalía y PDI investigan automotora Larruy”, es rechazado.
La recurrida se limitó a reproducir los antecedentes que obraban en una causa penal, realizada dentro de los márgenes de la libertad de expresión y el derecho a la información.

La Corte Suprema confirmó la sentencia pronunciada por la Corte de Santiago, que rechazó el recurso de protección deducido por el propietario de la automotora Larruy en contra de TVN por transmitir un reportaje sobre la investigación que llevaría a cabo el Ministerio Público y la Policía de Investigaciones por delitos cometidos en su empresa.
En su libelo, el actor expone que en el año 2020 un equipo periodístico de TVN emitió aquel reportaje, el cual se basó en la denuncia de cuatro clientes que reclamaron pagos adeudados por su empresa. En ese contexto, reprodujeron la grabación de una conversación que sostuvo con uno de ellos, obtenida sin su consentimiento y editada, a fin de concluir que él se dedicaba a amenazar a su clientela para que no cobraran las deudas referidas.
Explica que esta situación motivó a terceros a acosarlo telefónicamente, lo que ha amenazado gravemente su privacidad e intimidad, además de su integridad psíquica. Así las cosas, solicita que el contenido audiovisual denunciado no vuelva a ser emitido por señal de televisión o cualquier medio de reproducción.
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