Diario Constitucional

Autotutela ilícita.

Recurso de protección deducido contra vecino que amenaza construir en sitio por el cual los actores acceden a la vía pública, es acogido.

La concreción de la amenaza efectuada por el recurrido alteraría el statu quo vigente, incurriendo en una actuación que resulta contraria a derecho.

Por Redacción·12 de octubre de 2021·3 min de lectura
Imagen: Pexels.com
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia pronunciada por la Corte de Puerto Montt, y acogió el recurso de protección deducido en contra de un vecino que amenaza construir en sitio, por el cual, los actores acceden a la vía pública, y le ordenó abstenerse de alterar el statu quo vigente.

En su libelo, los accionantes denuncian que el recurrido los ha amenazado con edificar en un sitio que, si bien es de su dominio, es el mismo, a través del cual, ellos acceden a la vía pública, lugar por el que han transitado por décadas, pues carecen de otra conexión con el camino público. De tal modo, aducen que el actuar denunciado resulta ilegal y arbitrario, pues da cuenta de un acto de autotutela ilícita, lo que conculca su derecho de propiedad, garantizado en el artículo 19 Nº24 de la Constitución.

En su informe, el recurrido destaca que su predio no se encuentra gravado con una servidumbre de tránsito a favor de los actores, y la construcción que pretende realizar es un galpón, a fin de arrendar su inmueble. Además, arguye que los actores cuentan con otros caminos para acceder a sus terrenos, pues existe un pasaje público, que les permite conectarse con la vía pública.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.