Derecho de reparación.
Recurso de protección deducido en contra de la Armada de Chile por no retirar estatua de José Toribio Merino, se acoge a trámite.
Se alega que el homenaje al excomandante atenta contra el derecho de reparación de las víctimas de derechos humanos y amenaza con la repetición de tales actos al presentarlo como un modelo a seguir.

La Corte Suprema revocó la resolución pronunciada por la Corte de Santiago, y declaró que ésta deberá dar tramitación al recurso de protección deducido en contra de la Armada de Chile por no retirar la estatua de José Toribio Merino del Museo Marítimo de Valparaíso.
En su libelo, el actor explicó que es integrante de la “nómina de prisioneros políticos y torturados”, elaborada por la Comisión Valech II, y en tal calidad denunció que la recurrida no accedió a su solicitud de remover la estatua erigida en homenaje al almirante.
Indica que la institución militar solo tiene dos estatuas de excomandantes en jefe en recintos institucionales, una de Lord Cochrane y otra de José Toribio Merino. Sin embargo, el primero es considerado como el fundador de la Armada chilena, y el segundo fue uno de los cabecillas del golpe militar del año 1973, por lo cual estima que ello deja de manifiesto la adscripción política de los mandos de la Armada.
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Estados Unidos.
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