Diario Constitucional

Decreto Supremo N°11/2023.

Recurso de protección interpuesto por la creación de la Comisión Asesora en contra de la Desinformación se declara inadmisible por la Corte Suprema.

Recurrentes denuncian que atenta contra la libertad de opinión e información de quienes operan en redes sociales, contraviene la igualdad ante la ley, puede transformarse en una comisión especial, imponer censura previa, entre otros cuestionamientos.

Por Redacción·15 de agosto de 2023·4 min de lectura
imagen: BioBio
Referencial

La Corte Suprema confirmó la resolución dictada por la Corte de Santiago que declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por treinta y tres usuarios de redes sociales (entre otros, la ex convencional Teresa Marinovic, la columnista Vanessa Kaiser, el creador del programa Sin Filtros Sebastián Eyzaguirre, el ex panelista del canal de Youtube Bad Boys y ex miembro del PDG Pedro Gubernatti), en contra de las ministras de Ciencia, Tecnología e Innovación, Aisén Etcheberry, y de la Secretaría General de Gobierno, Camila Vallejo, por la emisión del Decreto Supremo N°11/2023, que creó la Comisión Asesora en contra de la Desinformación, cuya función es asesorar a los ministros de Ciencia, Tecnología e Innovación y de la Secretaría General de Gobierno.

Los recurrentes cuestionan que la creación de la referida Comisión atenta contra la libertad de opinión e información de quienes operan en redes sociales, sea que se manifiesten en contra del gobierno del presidente Gabriel Boric o de cualquier gobierno o sector político. Se trata de un órgano de apariencia tecnócrata encargado de efectuar un trabajo de asesoría y confección de informes vinculados a cinco materias específicas, compuesto por cinco representantes universitarios, tres de ONG o fundaciones de la sociedad civil y uno de una organización de Fast-Checking, los cuales son designados por el Ejecutivo, circunstancia que contradice la imparcialidad y perspectiva científica de la que se dice dotarla.

Denuncian que la Comisión se convertirá en un órgano censor de la información, discursos y opiniones políticas, mediante el sostén de un concepto subjetivo como es la desinformación, lo que amenaza el legítimo derecho a informar libremente u opinar en contra del Gobierno, quien es quien crea y nombra a su arbitrio a sus integrantes, lo que afectará a toda la ciudadana, pero en especial, a las personas que expresan su opinión política por redes sociales (Twitter, Instagram, Tik Tok, Youtube, etc.), con un importante número de seguidores.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.