Patente de alcoholes.
Recurso de protección no es la vía adecuada para impugnar la decisión de no renovar la patente de alcoholes, resuelve la Corte de Santiago.
Señaló que el recurso de protección no debe ser utilizado como un medio para sustituir otros mecanismos legales establecidos para resolver conflictos, y que la Ley N°18.695 contempla un procedimiento especial de reclamación contra actos municipales, siendo esta la vía idónea para abordar las disputas relacionadas con la patente de alcoholes.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de la Municipalidad de Peñalolén, por la negativa a renovar la patente de alcoholes del actor.
El recurrente afirmó ser titular de dicha patente desde 2013 habiendo cumplido con sus obligaciones fiscales y que mantiene una conducta intachable, a pesar de las infracciones imputadas.
Criticó la falta de fundamentación razonable en la decisión de no renovar la patente, careciendo de los motivos específicos requeridos por la normativa vigente.
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